La Agencia Española de Protección de Datos
(AEPD), velará por la aplicación y regulación del tratamiento de cualquier dato
personal. Que se aplicará el 25/06/2018.
Toda esa información, más que sensible que se
manejan hoy en el BigData.
Ahora será obligado disponer del
consentimiento para el uso de estos datos ha de ser inequívoco, verificable y
no tácito como hasta ahora.
Las empresas estarán obligadas a informar
cuando hayan sufrido una brecha de seguridad a las autoridades de AEPD.
Dependiendo también de la gravedad, a los afectados.
El
reglamento norma incluye el derecho al olvido, que permite impedir la
difusión de información personal a través de Internet. Cuando esta publicación
no cumpla los requisitos previstos y a la portabilidad, por el que se puede obtener
una copia de los datos personales en formato electrónico para cederlos a otra
compañía.
El RGPD prevé millonarias multas para las
organizaciones que lo incumplan. Que pueden ser de hasta 20 millardos o hasta
un 4 % de su facturación anual, la que sea cifra de mayor cuantía.
Además, las empresas tendrán que contar con un
delegado de protección de datos (DPO), como el defensor del cliente o
del ciudadano en esta materia.
Por lo que las empresas tienen que abogar
urgentemente por la «prevención» en seguridad informática de forma urgente.